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jueves, 6 de agosto de 2015

Tribunal del Huila Autoriza Saqueo de la Capilla San José de Belén a Solicitud de Emgesa



Comunicado a la opinión pública

El día 5 de Agosto del año en curso, el Magistrado Ramiro Aponte Pino del Tribunal Administrativo del Huila, autorizó a Emgesa “que de ser necesario y en el evento en que la Junta de Acción Comunal no les faciliten las llaves de acceso a la Capilla de San José de Belén, ingresen utilizando los servicios de cerrajería”.

La medida asumida por el Magistrado se da luego de que Emgesa solicitara al Tribunal declarar como URGENTE la medida cautelar ordenada en Auto del 22 de Julio de 2015 en el marco de la Acción Popular interpuesta por la Fundación Curibano que exige la protección del patrimonio cultural material constituido por la  Capilla de San José de Belén del Municipio del Agrado (Huila).

En la petición fechada el 3 de agosto de 2015, Emgesa solicita al Tribunal le permita: 1. utilizar los servicios de un cerrajero con el propósito de poder abrir y/o forzar la puerta de ingreso a la Capilla o Iglesia San José  de Belén. 2. Trasladar los elementos que son susceptibles de dicha actividad de acuerdo con las recomendaciones técnicas aprobadas por el Consejo Departamental  de Patrimonio de Huila y 3. Ordenar a la Policía acompañar los procesos de apertura de la puerta, así como la extracción y traslado de los elementos que allí se encuentran.

En la solicitud, Emgesa presiona al Tribunal Administrativo del Huila bajo la amenaza de que a más tardar el 20 de agosto será imposible acceder a la zona para realizar el traslado de la capilla y de manera irrespetuosa y violenta señala a la Junta de Acción Comunal de la vereda San José de Belén como responsable de su destino, cuando desde hace más de 5 años es su obligación garantizar el traslado integral y posterior restauración.

Para tomar la decisión, Aponte Pino sólo tuvo en cuenta los argumentos de Emgesa y los estudios realizados por el “Consorcio San José” -contratista de la multinacional-, desconociendo las recurrentes solicitudes de realizar una valoración técnica imparcial para determinar las condiciones en que se encuentra la capilla.

Asoquimbo rechaza la actitud mezquina de Emgesa hacia las comuinidades y su intención de librarse de toda responsabilidad por los daños causados al Patrimonio Cultural del Departamento y advierte que la medida tomada por el Magistrado Aponte Pino desvirtúa lo establecido en la licencia ambiental que obliga a Emgesa a trasladar integralmente la Capilla de San José de Belén con el fin de garantizar su conservación como Patrimonio Cultural reconocido mediante ordenanza 07 de 1992 de la Secretaria Técnica  del Centro Filial del Consejo de Monumentos Nacionales. La autorización para realizar el traslado parcial favorece los intereses de Emgesa  y se  constituye en un detrimento al Patrimonio Cultural.

Exigimos a las autoridades competentes la realización de un peritaje imparcial, idóneo, y  que sea adelantado por una entidad que no esté siendo pagada por la multinacional, para de esta manera determinar el proceso de traslado de la capilla.  Para tal fin consideramos que es necesario ordenar LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL LLENADO DEL EMBALSE.

Invitamos a los medios de comunicación regional a una RUEDA DE PRENSA el próximo 10 DE AGOSTO DE 2015 en las instalaciones de la BIBLIOTECA CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA a partir de las 9:00 a.m., en la que daremos a conocer los argumentos y propuestas que Asoquimbo ha planteado para dar cumplimiento a la protección, traslado y restauración de la capilla de San José de Belén, en el marco de la Licencia Ambiental del PH el Quimbo


Neiva, 06 de agosto de 2015 

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