Observamos con preocupación el
artículo publicado por el periodista Fernando Polo en el Diario la Nación el 29
de Julio del presente año, titulado “‘Falsos afectados de El Quimbo se las verán con la justicia’, en donde se reseña el
evento realizado por la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la
Judicatura del Huila y la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” en el Hotel
Chicalá de Neiva, en el que, participaron “(…) además de los asesores jurídicos de
Emgesa, (…) jueces y magistrados huilenses, quienes coincidieron en que “la
lluvia de tutelas” que se desprende del proceso puede congestionar la justicia
del departamento”.
No comprendemos cómo en un evento institucional de la
rama judicial de Neiva, en el que las autoridades judiciales del Huila se están
“preparando” ante la inminente “lluvia de tutelas”, el Ex Procurador General de
la Nación, Jaime Bernal Cuéllar, asesor jurídico de la multinacional Emgesa, y Andrés
Caldas, gerente Jurídico de Emgesa, “ hacen parte de la capacitación” para preparar a los jueces de acuerdo a sus interpretaciones del cumplimiento de la
Sentencia T-135 de 2013, mediada por los intereses económicos de la compañía,
en ese sentido surgen los siguientes
interrogantes: ¿qué buscan con ello? ¿Imponer o infundir en nuestros togados la
mirada de la Empresa? ¿Propagar el temor a los afectados para que no exijan sus
derechos, acusándolos ahora de falsos afectados?
La constante violación
de derechos sociales, económicos,
culturales y ambientales por parte de Emgesa, la transgresión de los derechos a la participación
efectiva, libre e informada de las comunidades afectadas, tal como lo ordeno la Sentencia T-135 de 2013 y la exclusión de las comunidades frente al
proceso metodológico para la construcción del nuevo censo, son el mayor incentivo a la posible avalancha de tutelas
(14000 solicitudes), a la que se refiere la Empresa. Bajo estas condiciones, el
ciudadano afectado tiene como legítimo
derecho hacer uso de los mecanismos de protección constitucionales para la
exigibilidad de sus derechos fundamentales, especialmente, la acción de tutela.
Hasta el momento, las autoridades judiciales del Huila
no han asumido una posición garantista de los
derechos fundamentales de los afectados, es necesario recordar que a los
afectados reconocidos por la Corte Constitucional en la Sentencia T-135 de 2013, se les negó el amparo de la acción de tutela en primera
instancia; sin embargo, hacemos un llamado a las autoridades judiciales a no ser inferiores frente al reto histórico de garantizar el restablecimiento de los derechos
fundamentales de los afectados por el P.H. El Quimbo y de todos los afectados
por el desarrollo de la política minero energética
de la región.
Las declaraciones del asesor jurídico y gerente jurídico
de Emgesa al diario la Nación pretenden infundir
miedo a las actuales y futuras personas que soliciten la inclusión en el censo. El uso del lenguaje
por parte del periodista impone en el imaginario la idea de unos “falsos
afectados” sin revisar integralmente y
en contexto la orden emitida por la corte constitucional de la realización de
un nuevo censo; la participación mayoritaria de los representantes de Emgesa
como fuente dentro del artículo, limitan
la información con el propósito de legitimar socialmente su actuación delictiva al no acatar la
Sentencia T-135 de 2013. Esta situación constata
lo denunciado por Asoquimbo ya que la metodología impuesta por Emgesa, y
orientada por el equipo técnico del reconocido consultor Luis Jorge Garay para
la realización del nuevo censo, está
determinada para excluir a los afectados por el P.H. El Quimbo.
Convocamos a permanecer en resistencia, desobediencia civil y movilización
social por la defensa del
territorio y las comunidades afectadas por la política minero-energética.
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